45 años de prisión para quien altere pruebas y vacunas COVID-19
*Redacción Diario Evolución*
Hasta 45 años de prisión aprobó el Senado de la República para quien altere pruebas y vacunas contra COVID-19, ya que se considera un delito grave, por ello, este día, las Comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativos Segunda de la Cámara Alta aprobaron distintas sanciones para funcionarios, empresas o personas que alteren, falsifiquen, contaminen estos productos.
Los legisladores aprobaron por unanimidad reformar el artículo 464 de la Ley General de Salud que detalla casos en México en donde se han detectado supuestas vacunas COVID-19 que se han intentado vender, así como pruebas falsas y medicamentos adulterados.
Derivado de ello, se informó para quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, serán acreedores a una pena de uno a nueve años de prisión.
Así como para quien venda, ofrezca en venta o comercialice muestras médicas le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y una multa equivalente de 20 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito.