lunes, diciembre 23, 2024
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Jueces resuelven vía remota conflictos sobre bienes inmuebles

Foto: Especial.

Vencimiento anticipado de contrato en la compra-venta de inmuebles y ratificación de contrato/convenio relacionado con compraventa, arrendamiento, permuta, entre otros, son procedimientos que se atienden en los juzgados en materia civil, vía remota, a través del Tribunal Electrónico y con el uso de la Firma Electrónica Judicial FeJEM.

De acuerdo con la Dirección de Información y Estadística del Poder Judicial del Estado de México los juzgados que conocen de la materia civil -tradicionales y el de línea- han llevado a cabo del 20 de marzo al 22 de junio, 379 juicios totalmente vía remota.

Distribuidos de la siguiente manera: 106 se han realizado en el Distrito Judicial de Toluca, 75 en el de Cuautitlán, 43 en Tlalnepantla, 25 en Ecatepec, 24 en Zumpango, 21 en Texcoco, 21 en Lerma, 20 en Chalco, entre otros.

Los juzgados civiles tradicionales además atienden de manera virtual el juicio ordinario civil de Cumplimiento de Contrato, en el que se exige el pago de mensualidades en casos de compra-venta de inmuebles.

En tanto, el Juzgado Civil en línea lleva a cabo también el procedimiento no contencioso de Consumación de Usucapión por inscripción de la posesión, contribuyendo a dar certeza jurídica al patrimonio de los mexiquenses.

La jueza Benita Aldama Benites del Juzgado quinto Civil de Cuautitlán, indicó que las circulares 32 y 37 del Consejo de la Judicatura del Estado de México, dieron pauta al trabajo vía remota, a fin de acordar algunos procedimientos iniciales y cuando las partes cuenten con su FeJEM.

Aldama Benites señaló que, si las partes así lo desean, pueden presentar su convenio. El requisito es que ambas tengan la FeJEM y el respectivo correo electrónico, posteriormente se señala día y hora para la ratificación del mismo.

En el caso de asuntos iniciales, explicó la juzgadora, se admite la demanda y se reserva el emplazamiento, pues a través del Servicio Postal Mexicano Sepomex se hace saber a la contraparte que está demandada y si es su deseo emplazarse.

La jueza apuntó que la impartición de justicia es una actividad sustancial que no puede detenerse, por lo que son importantes las acciones que se han implementado con el Tribunal Electrónico para iniciar, reanudar y concluir los procedimientos judiciales que contribuyen a resolver conflictos de los ciudadanos relacionados con sus bienes.

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