sábado, diciembre 14, 2024
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Por violencia y depravación, padres podrían perder patria potestad de sus hijos

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial.

La Cámara de Diputados federal amplió las causales por las cuales se puede perder la patria potestad que ejercen padres o tutores sobre sus hijos u otras personas sobre menores de edad, que incluyan violencia o actitudes depravadas.

También procederá cuando “quien ejerza la patria potestad” tenga no solo costumbres, sino conductas de violencia o depravadas que afecten o comprometan la dignidad de los hijos, menores o incapaces a su cargo”, sin importar que estos hechos no sean castigados por ley penal.

Con la unanimidad de 476 votos, los diputados reformaron el artículo 444 del Código Civil Federal, que aclara que estas agravantes se aplicarán a quien posea la patria potestad; es decir, no solo a los padres.

“Se sustituye la expresión padres por la de personas que ejerzan la patria potestad. De esta manera el precepto no hará referencia en exclusiva a los padres, sino que cualquier persona que ejerza la patria potestad estará sujeta al mandato legal. La modificación legislativa busca encaminar que los esfuerzos de crianza, cuidado y disciplina sobre los menores de edad se den en un marco de respeto a sus derechos”, explicó la legisladora morenista, Celeste Ascencio Ortega, al presentar el dictamen, explicó que el dictamen sobre la patria potestad de hijos cambió el término de padres por personas.

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