Aprueban Ley Olimpia en Hidalgo; condenas de hasta 6 años en prisión
*Redacción Diario Evolución*
Por unanimidad el Congreso de Hidalgo aprobó la Ley Olimpia que considera la tipificación de violencia mediática, violencia digital, así como la sanción de la figura ilícita de violación a la intimidad sexual, el pasado 4 de marzo.
Con dicha ley se modifica el Código Penal y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo, adicionado al artículo 183 sancionar a todo aquel que comparta, distribuya o publique, imágenes, videos y/o audios con información apócrifa, alterada o simulada, de contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico de una persona.
La pena por el delito de violencia digital puede ir de tras hasta seis años de prisión, así como entre 200 y 500 días de multa, y puede ir aumentando hasta una mitad cuando el delito sea cometidito por el cónyuge, concubinario o concubina, o cualquier persona que la víctima haya tenido una relación afectiva o de confianza.
La Ley Olimpia surgió por iniciativa de Olimpia Coral Melo, quien a sus 18 años se enteró de un vídeo íntimo grabado por su expareja estaba circulando por medio de WhatsApp, al denunciar este acto ante las autoridades en Puebla, respondieron que no se trataba de un delito.
Hasta este momento, más de 20 estados de la República que han legislado la Ley Olimpia, y son: Quintana Roo, Jalisco, Tamaulipas, entre 2018 y 2019 se aprobó e Puebla, Tlaxcala, Oaxaca, Yucatán, Nuevo León, Querétaro, Baja California Sur, Aguascalientes, Guerrero, Coahuila, Chiapas, Zacatecas, Veracruz, Guanajuato, Estado de México, Ciudad de México, Campeche, Baja California, Colima Durango, Sinaloa y Michoacán; y ahora se suma Hidalgo.