En vigor, el juicio hipotecario propuesto por el PJEdoMéx
Con su publicación en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, entraron en vigor las reformas y adiciones a diversos ordenamientos presentadas por el Tribunal Superior de Justicia de la entidad, como la incorporación del Juicio Hipotecario al Código de Procedimientos Civiles, para cubrir un vacío jurídico, equilibrar derechos y obligaciones de acreditantes y las y los acreditados, así como resolver de forma ágil las controversias que se originen con motivo de las responsabilidades garantizadas con la hipoteca.
Estas reformas significan un avance importante en la modernización de una impartición de justicia de calidad y cercana a los mexiquenses, afirmó Ricardo Sodi Cuellar, titular del Poder Judicial de la entidad.
El Magistrado Presidente recordó que, por primera vez, el máximo Tribunal de Justicia del estado ejerció su facultad de presentar iniciativas, que adecuan el marco normativo a las necesidades de la sociedad, para estar a la altura de las expectativas de los mexiquenses.
Sodi Cuellar reconoció el trabajo de los integrantes de la LX Legislatura del Estado de México, al estudiar en comisiones y aprobar ante el pleno, dichas iniciativas.
Además del Juicio Hipotecario, se aprobó la reforma en materia de mediación familiar, que permitirá agotar el dialogo de manera previa al proceso, a fin de que los conflictos tengan la posibilidad de solucionarse a través del diálogo, en las controversias sobre el estado civil de las personas y del derecho familiar, la mediación, conciliación y justicia restaurativa.
Se modificó la edad mínima para el cargo de mediador-conciliador, que pasó de 28 a 25 años, para que los profesionistas puedan incorporarse a esta labor a una edad que les permita un adecuado ejercicio profesional.
Para precisar las actuaciones a través de Tribunal Electrónico, se adiciona un párrafo al artículo 1.119 bis del Código de Procedimientos Civiles del estado, el cual establece que cuando no se presenten documentos de forma física en un juicio en modo electrónico, podrán ser requeridos por el juez, caso contrario, se darán por ciertos los hechos que se pretendan demostrar con la prueba que, en su caso, haya motivado el requerimiento. Con estas reformas, el Poder Judicial del Estado de México contribuye