Entra en vigor reforma sobre prisión preventiva oficiosa
*Redacción Diario Evolución*

A partir de este miércoles entra en vigor la reforma sobre prisión preventiva oficiosa, luego que fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a últimas horas del 31 de diciembre de 2024. Con esta nueva reforma se agregaron nuevos delitos por los que se tendrá que imponer esta medida precautoria, aún sin solicitud del ministerio público.
De acuerdo con el decreto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum publicado en la edición vespertina del DOF del 31 de diciembre, se oficializa la reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución, con la que se dará prisión preventiva a delitos como: producción, trasiego y venta de fentanilo; uso de programas con fines electorales; enriquecimiento ilícito y extorsión.
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Asimismo, se encuentran en la lista: abuso o violencia sexual contra menores; delincuencia organizada; homicidio doloso; feminicidio; violación; secuestro; trata de personas; robo de casa habitación; robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades; delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos; desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares; delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos; delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas; delitos graves contra la seguridad de la nación, de la salud, del libre desarrollo de la personalidad; y contrabando y actividades con falsos comprobantes fiscales.
También se señala que no podrán aplicarse interpretaciones de ningún tipo que pudieran ordenar la suspensión, modificación o inaplicación de esta reforma, por lo que no deberán concederse amparos por ninguno de esos delitos. El Congreso tiene un plazo de 180 días para armonizar el marco jurídico de las leyes sobre la materia.
A.C.