Hasta 10 años de cárcel a quien induzca, obligue o facilite fumar a un menor
*Redacción Diario Evolución*
El pleno de San Lázaro avaló una iniciativa para considerar como delito a quien induzca, obligue o facilite el consumo de tabaco a menores de edad, considerando penas de hasta 10 años de prisión para los infractores.
La Cámara de Diputados aprobó la propuesta por mayoría de 455 votos a favor y 21 abstenciones.
Dicho dictamen busca reformar el artículo 201 del Código Penal, por el que se establece que quien incurra en este flagelo cometerá corrupción de menores, delito que se castiga con penas de cinco a 10 años de prisión y multas de 500 a mil días de salario mínimo.
La adición al artículo 201 señala que se considerará el delito de corrupción de menores a quien induzca, obligue o facilite “el consumo habitual de bebidas alcohólicas o tabaco”.
En su pronunciamiento, la diputada morenista, Laura Imelda Pérez explicó que la edad promedio de inicio de consumo de tabaco es de 13 años, con un consumo promedio de 10 cigarrillos al día:
“En comparación con la misma encuesta, pero con el año 2018, expresa que la edad promedio de fumadores disminuyó de 15 años a 13 años en 2020”.