domingo, diciembre 22, 2024
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IMSS podrá recibir inmuebles para cubrir cuotas obrero-patronales

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Ilustrativa.

El Senado de la República aprobó, con 65 votos a favor, 13 en contra y 12 abstenciones, reformas a la Ley del Seguro Social, para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueda recibir el pago de cuotas obrero-patronales con inmuebles.

También establece que el IMSS podrá embargar bienes inmuebles a municipios y entidades públicas y organismos descentralizados que tienen adeudos, pero cuyos bienes hoy son inembargables; la minuta fue turnada a la Cámara de Diputados.

Reforma que de acuerdo con Morena, Partido del Trabajo y del Verde, quienes la impulsaron, indican que existen necesidades de crecimiento de la infraestructura del IMSS, ya que hay un rezago que afecta en muchas ocasiones la calidad del servicio,

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Además, recalcan que el IMSS tiene créditos a favor de organismos públicos, entidades públicas como municipios, pero a diferencia de los particulares, el Instituto no puede embargarles. No podrá aceptarse inmuebles como pago de las cuotas correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

“Los bienes tendrán que ser funcionales para cumplir con las facultades y atribuciones del Instituto, previstas en la Ley, deberán estar libres de gravamen, carga, proceso judicial o contingencia de cualquier naturaleza”, puntualiza.

Además, el documento precisa, entre otros puntos, que “en ningún caso la dación en pago o el pago en especie dará derecho a la devolución de importe alguno en efectivo, a favor del ente público”.

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G.L.

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