Morena y sus aliados aprueban dictamen de supremacía constitucional
*Redacción Diario Evolución*
Pese a los reclamos de la oposición e incluso enfrentamientos que ocasionaron empujones, los senadores de Morena y aliados aprobaron en lo general y particular la reforma para impedir al Poder Judicial controvertir cualquier cambio constitucional, mejor conocido como el dictamen de supremacía constitucional.
La reforma, que modifica los artículos 105 y 107 de la Constitución, fue aprobada tanto en lo general como en lo particular con 85 votos a favor, 41 en contra y ninguna abstención y pasó a la Cámara de Diputados; la propuesta presentada dos días antes es para “reafirmar” que la Constitución Política no es impugnable.
La medida, establece que no procederán amparos ni controversias constitucionales contra reformas aprobadas por el Congreso, eliminando así la posibilidad de impugnación judicial y centralizando el poder de decisión constitucional en el Legislativo.
Esto ha generado fuertes críticas de la oposición, que acusa a Morena de concentrar el poder y debilitar los contrapesos judiciales; incluso dentro del recinto del Senado, legisladores de oposición llevaron pancartas con mensajes como “Morena, la dictadura” y “No a la dictadura”, utilizando sirenas y altavoces para interrumpir la discusión.
“Esta reforma bloquea los mecanismos de examen judicial que son esenciales en una sociedad democrática”, advirtió la oposición, señalando además que vulnera acuerdos internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos; ahora la propuesta pasará a la Cámara de Diputados para su análisis, en donde Morena y sus aliados también gozan de mayoría calificada.
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La supremacía constitucional es un principio fundamental en los sistemas jurídicos que establece que la Constitución es la norma suprema o la ley más alta de un país, es decir, que tiene prioridad sobre cualquier otra ley o disposición legal.
Esto significa que todas las leyes, reglamentos, decretos y actos de autoridad deben estar en conformidad con lo que establece la Constitución; de lo contrario, pueden ser declarados inconstitucionales y, por lo tanto, inválidos.
La reforma modifica principalmente los artículos 103 y 107 de la Constitución, con cambios que tienen como objetivo reforzar la supremacía constitucional, eliminando la posibilidad de que se utilicen amparos o controversias para impugnar reformas a la Constitución.
Artículo 103: Establece que “no cabe juicio o procedimiento alguno” en contra de las reformas o adiciones a la Constitución. Artículo 107: Declara improcedente el juicio de amparo contra adiciones o reformas constitucionales.
G.L.