Norma home office; patrones deben cubrir costos de luz e internet y dar herramientas
*Redacción Diario Evolución*

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) conformó la publicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se establece las condiciones de seguridad y salud para las y los trabajadores de home office.
Es decir, que los empleadores deben proveer a los trabajadores de las herramientas necesarias para llevar a cabo el home office o teletrabajo, como sillas ergonómicas, computadoras, así como cubrir los costos al consumo de internet y energía eléctrica, entre otros.
Además, el derecho a la desconexión, lo cual implica que los empleados deben respetar los tiempos establecidos para la jornada laboral y no participar en reuniones ni utilizar equipos de cómputo durante periodos de vacaciones, permisos y licencias.
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Se informó que esta norma es aplicable para todos los centros de trabajo que cuenten con empleados que trabajen más del 40 de su tiempo desde un lugar distinto a la oficina central; además, los patrones o empresas deberán de tener una lista actualizada de las personas que realizan home office.
Debe incluir información como nombres, género, estado civil, actividades a desarrollar, perfil de puesto, porcentaje de tiempo dedicado al teletrabajo, número telefónico de contacto, domicilio, lugares de trabajo acordados, y la razón social y domicilio del centro de trabajo.
La norma que ya se publicó en el Diario Oficial de la Federación será oficial a partir de diciembre de este año.
G.L.