Propone Miguel Sámano armonizar en la legislación estatal fecha límite para la presentación de la Cuenta Pública
La fiscalización es una herramienta fundamental para comprobar que el ejercicio de los recursos públicos se realice conforme a las normas vigentes, afirmó el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI en la 60 Legislatura mexiquense, Miguel Sámano Peralta, al presentar una iniciativa para establecer la obligación del titular del Ejecutivo estatal de presentar a la Legislatura la cuenta pública estatal del año inmediato anterior, como fecha límite el 30 de abril del año siguiente.
En sesión plenaria, el también vicepresidente de la Junta de Coordinación Política, resaltó que un rasgo fundamental de los gobiernos democráticos y transparentes, es la evaluación del gasto público, como una forma de evaluar los resultados de la gestión gubernamental.
Al destacar que la Constitución local los faculta para revisar, fiscalizar y calificar las cuentas públicas del Estado y de los Municipios, y que el proceso inicia cuando la Legislatura recibe dichas cuentas; Sámano Peralta expuso que la Constitución Política estatal y la Ley de Fiscalización Superior, establecen la obligación del Titular del Ejecutivo de presentar a la Legislatura la cuenta pública estatal del año inmediato anterior, a más tardar el 30 de abril del año siguiente, mientras que en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se señala el 15 de mayo como fecha límite para que la Legislatura la reciba.
En ese sentido, consideró necesario reformar el primer párrafo del artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para armonizar su contenido con lo previsto en la Constitución Local, en virtud de que esta norma es superior al resto de los demás preceptos jurídicos.
Agregó que ello permitirá que exista congruencia entre las normas jurídicas antes citadas y “se brindará mayor certeza en beneficio del sector público y de los mexiquenses”.
La iniciativa presentada en nombre del Grupo Parlamentario del PRI, se turnó para su estudio y dictamen a las comisiones legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización.