Proponen modificar Código Civil para no dañar el desarrollo de las infancias
*Redacción Diario Evolución*
La diputada mexiquense en LXI Legislatura, Evelyn Osornio Jiménez, explicó que la alienación parental consiste en las conductas que lleva a cabo el padre o la madre que tiene la custodia de un hijo o hija, e injustificadamente impide las visitas y convivencias con el otro progenitor, causando en el niño o niña un proceso de transformación de conciencia, que puede ir desde el miedo y el rechazo, hasta el odio.
En este sentido, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GPPRI), coordinado por el diputado, Elías Rescala, propuso modificar el Código Civil del Estado de México para evitar actos de manipulación que dañen el desarrollo armónico de las infancias.
La legisladora sostuvo que la alienación parental afecta al sistema familiar y sus subsistemas, así como la dinámica familiar.
Propuso incorporar al inciso a) de la fracción I del artículo 4.397 del Código Civil del Estado de México, la alienación parental como un tipo de violencia psicológica; así como adicionar una fracción al artículo 4.200 Bis del Código en cita, con el fin de establecer como obligación de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guardia y custodia la procuración del respeto y el acercamiento constante de los menores con sus ascendientes, quienes tienen que evitar cualquier acto de manipulación y alienación parental.
La iniciativa fue turnada a las Comisiones Legislativas de Procuración y Administración de Justicia y de Familia y Desarrollo Humano, para su análisis y, en su caso, la dictaminación correspondiente.