Sanciones a comerciantes que impidan la movilidad en la vía pública
Imponer sanciones económicas a los titulares de comercios que coloquen infraestructura, mercancía o cualquier objeto que obstaculice la vía pública e impidan la movilidad y el libre tránsito, es el propósito de la propuesta de reforma a la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, propuesta por la diputada Montserrat Ruiz Páez (morena).
En sesión del Segundo Periodo Ordinario, la legisladora subrayó que la movilidad constituye una necesidad básica que no solo incluye a los vehículos automotores, sino que también considera a usuarios del transporte, ciclistas, peatones, motociclistas y conductores, por lo que se debe garantizar el derecho a la movilidad y dejar libres las aceras y arroyos vehiculares para el libre tránsito.
“Si bien es cierto que somos respetuosos de cualquier actividad económica que desempeñen las personas, siempre y cuando sea lícita y de acuerdo con la normatividad, también debemos ser responsables de aquellas acciones que causan una infinidad de accidentes; debemos de garantizar a la gente su seguridad”, expresó la diputada.
La iniciativa de la legisladora especifica que las sanciones serán de acuerdo al tipo de impacto de las unidades económicas (bajo, mediano y alto), por lo que se establecen multas de 20 a 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, aunque se detalla que la autoridad podrá exhortar al cumplimiento de las especificaciones en una primera ocasión, y si hay reincidencia por una tercera ocasión se podrá sancionar con una multa de hasta el doble de lo establecido, así como suspender o cancelar el permiso o licencia de funcionamiento comercial.
“Desafortunadamente en los municipios mexiquenses existe una contracultura muy común y dañina que se convierte en problema grave, pero además atenta contra la seguridad e integridad de los peatones e incluso los conductores, ya que en muchas ocasiones las ‘unidades económicas’, mejor conocidas como puestos semifijos o extensiones de establecimientos fijos, optan por ampliar o instalarse en espacios de uso común”, indicó.
Lo anterior, añadió la diputada, tiene implicaciones de riesgo mayor para personas con discapacidad visual o motora, por lo que manifestó la necesidad de legislar al respecto.
La iniciativa con proyecto de decreto establece reformar el párrafo I del artículo 183 y una adición del artículo 183 Bis de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
La iniciativa fue enviada a las comisiones de Finanzas Públicas, de Planeación y Gasto Público, y de Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Minero para su dictamen.
Plantea Morena regulación de autoridades auxiliares
A nombre del Grupo Parlamentario de morena, el diputado Juan Pablo Villagómez Sánchez presentó una iniciativa para regular a las autoridades auxiliares de los municipios y velar por su gestión, vigilancia y rendición de cuentas.
El diputado explicó que, de ser aprobada, su iniciativa permitirá fortalecer y generar certeza respecto a las atribuciones de las autoridades auxiliares, definir los mecanismos de coordinación con la administración municipal y fomentar la participación ciudadana en beneficio de las y los habitantes de los municipios mexiquenses.
“Resulta necesario normar la naturaleza jurídica de las autoridades auxiliares, en razón de que tienen atribuciones que competen al gobierno municipal, colaborando con actividades administrativas y en la distribución de los recursos públicos, autoridades que, a pesar de contar con obligaciones y derechos establecidos en el artículo 57 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, se les ha considerado como representantes honoríficos y autónomos del ayuntamiento exentos de la rendición de cuentas”, dijo el diputado.
La iniciativa con proyecto de decreto establece diferentes modificaciones a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para que en las atribuciones de los ayuntamientos se incluya la expedición de los reglamentos para regular las atribuciones de las autoridades auxiliares y la coordinación de actividades, programas y acciones con los representantes vecinales para fomentar la participación ciudadana y la rendición de cuentas.
Respecto de las autoridades auxiliares se plantea que entreguen informes trimestrales y no anuales, como actualmente se hace, además de que se propone que otorguen al ayuntamiento un inventario general de los bienes muebles e inmuebles con los que cuenta la delegación dentro del plazo de 30 días hábiles a partir del siguiente en que inicien sus atribuciones, y que, en caso de que se adquieran bienes durante su periodo se deberá actualizar el inventario general en un plazo de 60 días hábiles a partir de su adquisición.
También se especifica que las autoridades auxiliares podrán ser removidas por el ayuntamiento con el voto aprobatorio de las dos terceras partes de sus integrantes, previa garantía de audiencia, cuando exista causa grave que califique el ayuntamiento, cuando no cumplan con las atribuciones que éste le delegue o realicen cualquiera de las conductas previstas en el artículo 58 de la Ley Orgánica Municipal que los delegados no puedan llevar a cabo por tratarse de atribuciones de los ayuntamientos.
De darse los casos anteriores y originar la remoción de delegados y subdelegados, el ayuntamiento llamará a los suplentes, pero si no se presentan se designarán sustitutos.
La iniciativa también especifica que el órgano de control municipal deberá vigilar la administración de los recursos que tengan encomendados las autoridades auxiliares.
El diputado subrayó que en la Cuarta Transformación de la vida pública del país la lucha contra la impunidad no tiene colores partidistas, por lo que se busca que se administre con transparencia y que la rendición de cuentas sea un hábito de toda autoridad.
La iniciativa, que plantea la reformas y adiciones a los artículos 31, 57, 62, 91 y 112 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, fue turnada a las comisiones de Legislación y Administración Municipal, y de Procuración y Administración de Justicia.