lunes, diciembre 23, 2024
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Suspenden acuerdo de proyectos y obras prioritarias del Gobierno; datos deben ser públicos

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Polemón.

La información de las obras del gobierno federal consideradas áreas de seguridad nacional, no pueden ser reservadas, pues contraviene el artículo sexto de la constitución que establece que la información es pública. Así lo argumentó y estableció la juez Celina Angélica Quintero Rico, titular del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, en un amparo promovido por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE).

El tribunal obtuvo una suspensión definitiva en contra del acuerdo presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de noviembre de 2021, el cual estableció como áreas de seguridad nacional a los proyectos y obras del gobierno federal “asociados a infraestructura”.

Al otorgar esta medida cautelar, Quintero Rico sostuvo que el acuerdo “quebranta la legalidad, la supremacía constitucional, de división de poderes y de distribución de competencia con motivo del ejercicio de la facultad reglamentaria”.

Por ende, la información que se genere en las obras de infraestructura de la actual administración debe ser pública, “pues el acuerdo no puede afectar este derecho humano” de los mexicanos, refirió en una entrevista.

Cabe especificar que el acuerdo en cuestión, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021, declaró de interés público y seguridad nacional prácticamente la mayor parte de las actividades de la administración pública federal, argumentando que las obras realizadas por dependencias del Poder Ejecutivo deben considerarse prioritarias y estratégicas para el desarrollo del país.

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