domingo, abril 27, 2025
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Tauromaquia no es patrimonio cultural por generar sufrimiento, pero no se prohíbe: SCJN

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Ilustrativa.

Peleas de gallos y corridas de toros, no son patrimonio cultural inmaterial al traducirse en actividades que generan sufrimiento, agonía y muerte de especies sintientes, de manera innecesaria o injustificada, declaró la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Con cuatro votos a favor fue avalado el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, que precisa que estas actividades no pueden clasificarse de esa manera, como en el caso de Nayarit, sin embargo, esto no signifique que están prohibidas.

Además, se especificó que estas actividades están muy lejos de salvaguardar los derechos y libertades de los animales, tienden a su destrucción o vulneración, agonía y sufrimiento de animales, todo ello con solo fines de entretenimiento, deporte o recreación.

“Las “peleas de gallos” o la “fiesta taurina” no son susceptibles de ser reconocidas como patrimonio cultural inmaterial”, indicó la SCJN, además invalida el decreto publicado el 9 de mayo de 2019 donde eran reconocidas como patrimonio cultural en Nayarit, al igual que la charrería y el jaripeo.

Cabe mencionar que, además de Nayarit, los estados de Aguascalientes, Querétaro, Guanajuato, Zacatecas, Tlaxcala, Colima e Hidalgo, tienen declarado como Patrimonio Cultura la tauromaquia.

Mientras que los estados donde están prohibidos los festejos taurinos son Coahuila, Guerrero, Sonora, Quintana Roo, Michoacán y algunos municipios del Estado de México.

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