Tribunal absuelve a Rosario Robles en el caso de la Estafa Maestra
*Redacción Diario Evolución*
“Terminó la infamia. Me encerraron, pero jamás dejé de ser libre y nunca me doblaron ni me arrebataron mi dignidad. Utilizar las instituciones para venganzas no es de demócratas”.
Compartió a través de sus redes sociales, Rosario Robles, exsecretaria de Desarrollo Social, luego de que el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en la Ciudad de México ratificó la sentencia absolutoria en favor de Rosario Robles por el caso de la “Estafa Maestra”.
De acuerdo con el Primer Tribunal, refrendó la sentencia absolutoria que pone fin al proceso e impide una nueva persecución penal
en contra de Robles Berlanga, respecto del juicio por el que pasó tres años en prisión acusada de haber cometido ejercicio indebido del servicio público y ser responsable del desvío de más de 5 mil millones de pesos, cuando fungió como titular de las secretarías de Desarrollo Social y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
Asimismo y acorde a lo puntualizado por La Jornada, la resolución fue dictada dentro de la toca penal 320/2023-SPA y firmada el pasado 5 de diciembre por el magistrado Alberto Torres Villanueva, secretario en funciones del magistrado Iván Martínez García y la magistrada Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar.
Los tres impartidores de justicia con sede en la Ciudad de México compartieron los argumentos con base en los cuales en febrero de este año Rosario Robles fue exonerada de los dos cargos de ejercicio indebido del servicio público que le imputó la Fiscalía General de la República.
Al resolver la apelación presentada por la FGR en contra de la sentencia dictada por el juez Roberto Omar Paredes Gorostieta y Femat, se ratificó que a la colaboradora del ex presidente Enrique Peña Nieto se le acusó con base en legislaciones que no eran aplicables por proceder de reformas constitucionales de 2015 y se le debió instaurar un procedimiento de carácter administrativo señalado en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Consideraron que se debió proceder según el artículo 214 del Código Penal Federal vigente en 2012 y en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Administrativa.
Por esas razones ratificaron que el proceso penal en contra de Robles Berlanga debe considerarse como sentencia absolutoria en el proceso penal que se siguió por ejercicio indebido del servicio público.
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R.M.