Van por penas más severas por extorsión a comerciantes en EdoMéx
La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local inició el análisis de reformas al Código Penal propuestas por el titular de la Fiscalía General de Justicia (FGJEM), José Luis Cervantes Martínez, para castigar con penas de seis a 10 años de prisión a quien genere alza de precios, competencia desleal o distorsione el mercado en una localidad o región; delitos que van al alza en el sur y norte mexiquense.
Las sanciones se agravarán con penas de siete a 15 años de prisión si el sujeto activo se ostenta como integrante de algún grupo delictuoso o comete violencia, y de tres a cinco años de prisión si en la comisión del delito participan dos o más personas.
En reunión, el diputado Braulio Álvarez Jasso (PRI), la consideró oportuna porque ataca un problema del día a día y preguntó quién o cómo se haría el informe que sustentaría estos delitos; mientras que Mario Ariel Juárez Rodríguez (Morena) expuso que podría afectar el comercio, primera víctima de los delitos que se busca perseguir.
Por su parte, el diputado Alonso Adrián Juárez Jiménez (PAN) propuso evitar que la reforma se preste a actos de corrupción y analizar las implicaciones de esta reforma; la diputada Juana Bonilla Jaime (MC) consultó si no se invade competencia federal y si no se trata de un delito ya considerado en el Código Penal.
En la reunión Maricela Xicoténcatl Elizaga, Elvira Díaz Salgado, Alfonso Silva Meza y Rubén Cárdenas Mérida, representantes de la FGJEM, detallaron la iniciativa y expusieron que fue diseñada con el apoyo del Poder Judicial y la Secretaría de Desarrollo Económico; que su principal beneficiario es la persona comerciante, víctima inicial de estas prácticas que van al alza en el sur y norte de la entidad.
Conforme a la iniciativa, las sanciones aplicarán en contra de quien genere un alza de precios, competencia desleal, induzca o distorsione el mercado de una localidad al provocar que una persona o unidad económica compré, obtenga o adquiera de otra persona, comercio o empresa los bienes o insumos para su giro comercial.
Asimismo, obligue a otra persona a comprar, vender o distribuir bienes o insumos a personas o empresas específicas, y vender bienes o insumos a comerciantes del mismo giro comercial en una localidad o región a precio por encima del mercado.